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Europa insta a ampliar los derechos y garantías de quienes contraigan un préstamo hipotecario.

Los eurodiputados han respaldado las nuevas normas en una votación a mano alzada. La directiva se aplicará a los contratos de crédito garantizados por una hipoteca o por otra garantía comparable utilizada en un Estado miembro, así como a los contratos cuya finalidad sea adquirir o conservar derechos de propiedad sobre fincas o edificios. Las nuevas reglas se adaptarán a los distintos mercados hipotecarios de los Estados miembros, aunque la información al consumidor tendrá que presentarse en un formato homogéneo en toda la UE.
El pleno ha rubricado, en la votación de hoy, una serie de enmiendas acordadas con los gobiernos nacionales que abarcan la práctica totalidad de la normativa. Sin embargo, no se ha procedido al voto final de la legislación, que queda pendiente de que Parlamento y Consejo acuerden cómo supervisar la transposición de estas normas por los Estados miembros. Una vez aprobadas las normas, los Estados miembros tendrían un plazo de dos años para adaptarla a sus legislaciones nacionales.
«La nueva directiva pone fin a la desregulación del mercado hipotecario europeo y consolida el préstamo responsable», ha dicho el eurodiputado socialista Antolín Sánchez Presedo, ponente parlamentario de la norma. Su objetivo, ha resaltado el comisario de Servicios Financieros, Michel Barnier, es «prevenir los comportamientos de préstamos irresponsables en Europa y proteger a los consumidores».
Por su parte, el eurodiputado del PP, Pablo Zalba, ha respaldado la nueva norma y ha sostenido que la legislación española antidesahucios «sigue la línea» de esta directiva. El representante de Izquierda Unida, Willy Meyer, ha apoyado la directiva, aunque ha acusado a la Comisión de ser una «sucursal de la gran banca» por haber vetado el decreto andaluz antidesahucios.
La directiva impide que los Estados miembros se opongan a la dación en pago si las dos partes la acuerdan expresamente en el contrato de crédito. Además, exige a los bancos que se muestren «razonablemente tolerantes» en el caso de clientes con graves dificultades de pago y que hagan «todos los esfuerzos razonables para resolver la situación» antes de iniciar un procedimiento de desahucio.
Siete días de reflexión
De acuerdo con el texto adoptado por el PE, el consumidor dispondrá de un periodo obligatorio de reflexión de siete días antes de firmar un contrato hipotecario, o bien del mismo periodo de siete días para retractarse tras la firma, según lo decida cada país.
Antes de firmar cualquier contrato, el consumidor tendrá que recibir, en papel o en formato electrónico, información general clara y comprensible sobre los contratos de crédito para conocer el coste total y las consecuencias financieras a largo plazo. Igualmente, los bancos o intermediarios tendrán que ofrecer al consumidor información personalizada para comparar los créditos disponibles en el mercado y tomar una decisión fundada sobre la conveniencia de suscribir la hipoteca.
Demoras y desahucios
La ley exigirá una tolerancia razonable antes de proceder a las ejecuciones, limitará los cargos por impago, impedirá a los Estados miembros oponerse a la dación en pago acordada entre las partes, impondrá el deber de buscar el mejor precio por la venta de la propiedad en las ejecuciones y exigirá a los países de la UE que faciliten el pago, protegiendo a los consumidores y evitando el sobreendeudamiento a largo plazo.
No a los préstamos irresponsables
Con el objetivo de frenar los préstamos irresponsables, las entidades vendedoras de hipotecas tendrán que ser autorizadas, registradas y supervisadas por las autoridades nacionales para asegurarse de que cumplen requisitos profesionales estrictos.
Por otro lado, se reforzarán los criterios de evaluación de la solvencia del comprador, con lo que se busca frenar la concesión de hipotecas a personas que no puedan pagarlas.
La nueva norma pretende además crear un mercado único hipotecario que sea más eficaz y competitivo. Para ello, se creará un pasaporte europeo que permita a los intermediarios de crédito autorizados en un Estado miembro ofrecer sus servicios en toda la UE, como ya ocurre por ejemplo con los fondos de inversión. Los intermediarios tendrán derecho además a acceder de forma no discriminatoria a las bases de datos sobre historial de crédito de sus clientes.
Artículo visto en ABC
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