Euribor
RN Tu Solución Hipotecaria
Síguenos en Twitter
Blog Archive
-
►
2014
(59)
- ► septiembre (2)
-
▼
2013
(142)
- ► septiembre (9)
-
▼
enero
(19)
- El Gobierno limitará por ley el plazo máximo de la...
- El Gobierno atribuye el fracaso de la hipoteca inv...
- ¿Cuáles serán los desafíos para el sector inmobili...
- "RN Tu solución hipotecaria": entre las mejores hi...
- España está a la cola mundial en accesibilidad a l...
- La PAH consigue firmas suficientes para que el Con...
- El precio del alquiler de la vivienda acumula un d...
- Promotores denuncian que la creación del "banco ma...
- ¿En qué casos es posible la desgravación por vivie...
- La morosidad hipotecaria es la más baja y se sitúa...
- La PAH recibe el Premio Nacional de los Derechos H...
- ADICAE logra que devuelvan el dinero cobrado de má...
- Según "The Economist" la vivienda en España contin...
- Una guía para cancelar la hipoteca al mínimo coste.
- El Euribor registra la mayor subida en 15 meses de...
- El negocio de las agencias inmobiliarias disminuyó...
- Un juez anula una hipoteca multidivisa por su comp...
- El precio de la vivienda cae un 11,3% en 2012 y ya...
- El mercado inmobiliario movió 30.505 millones menos.
-
►
2012
(157)
- ► septiembre (11)
Etiquetas
Dación Hipotecas
(1)
Activos tóxicos
(1)
Alquiler
(11)
Alquiler social
(1)
Amancio Ortega
(1)
Banc Sabadell
(1)
Banca
(18)
Banco de España
(5)
Banco malo
(4)
Bankia
(1)
Bankinter
(1)
Barcelona Meeting Point 2011
(5)
Barcelona Meeting Point 2012
(3)
Barcelona Meeting Point 2013
(3)
Barcelona Meeting Point 2014
(1)
BBVA
(1)
BCE
(3)
Bolsa
(7)
Burbuja inmobiliaria
(1)
Cajas
(2)
Century 21
(1)
Certificado de eficiencia energética
(1)
China
(2)
Ciencia
(1)
Cláusula suelo
(14)
Cláusula techo
(4)
Construcción
(11)
Consumo
(1)
Dación Hipotecas
(12)
Dación Hipotecas
(21)
Deducción fiscal
(4)
Desahucios
(14)
Deutsche Bank
(1)
Economía
(2)
Ecuador
(1)
Eficiencia Energética
(2)
Empleo
(7)
Empresa
(2)
Estafa
(4)
Euribor
(83)
Euribor Plus
(1)
Europa
(10)
expertos hipotecarios
(1)
feria inmobiliaria 2015
(1)
Fondos buitre
(1)
Fondos de inversión
(3)
Funcionarios
(1)
hacienda
(1)
Hipoteca Cambiaria
(1)
Hipoteca Inversa
(6)
hipoteca joven
(1)
Hipoteca multidivisa
(7)
Hipoteca plazo fijo
(1)
Hipotecas
(294)
Hipotecas subprime
(2)
Hipotecas underwater
(1)
Home Staging
(1)
iBanesto
(1)
Ibercaja
(1)
Impuesto de Patrimonio
(2)
Impuestos
(3)
INE
(5)
Inmobiliario
(61)
inmueble
(1)
inmuebles
(1)
Intermediación financiera
(2)
IRPH
(3)
IRS
(3)
IVA
(3)
Justin Bieber
(1)
Leo Messi
(1)
Ley Hipotecaria
(8)
ley segunda oportunidad
(1)
ley transparencia hipotecaria
(2)
Libor
(2)
Mejores hipotecas
(9)
mercado hipotecario español
(2)
Mercados
(1)
Moody's
(1)
Morosidad
(3)
Obras públicas
(1)
PAH
(6)
Permuta
(1)
pisos
(1)
Plataforma de Afectados por la Hipoteca
(2)
PSOE
(1)
Refinanciación
(1)
Rehabilitación
(2)
RN Tu Solución Hipotecaria
(36)
salón inmobiliario
(1)
SAREB
(4)
Seguros
(1)
SIMA
(5)
SIMA 2015
(1)
Stop Desahucios
(3)
Tasación
(1)
Te apetece mi casa
(1)
Tipos de interés
(4)
TSJ
(1)
tu mejor hipoteca
(277)
Vivienda
(136)
Viviendas de embargo
(1)
¿En qué casos es posible la desgravación por vivienda?
Aunque muchos ciudadanos hayan apurado hasta el día de Nochevieja para adquirir la vivienda en la se habían fijado hacía meses y así beneficiarse de la desgravación en el Impuesto de la Renta (IRPF), posiblemente parte de esos compradores no llegaron a completar la operación: las gestiones burocráticas, el abono de impuestos, los trámites notariales o los retrasos de las inmobiliarias son algunas de las razones por las que aún a día de hoy no tienen las llaves de sus viviendas.
Si se encuentra ante esta situación, aún existe alguna posibilidad para beneficiarse de la legislación fiscal vigente hasta el año pasado en materia inmobiliaria. Si cumple determinados requisitos, podrá desgravarse el 15 por ciento de las cantidades destinadas a su vivienda, como gran parte de los españoles han hecho hasta ahora. Veamos cuáles son esas condiciones.
El Gobierno ha optado por eliminar por completo la deducción por vivienda, que hacía las delicias de millones de contribuyentes en sus Declaraciones (ver gráfico). Lo ha hecho con efectos del 1 de enero de 2013. Quienes adquieran un inmueble a partir de ahora, no tendrán derecho a esa bonificación. Quienes la compraron antes del 31 de diciembre, sí. Y quienes iniciaron los trámites antes de Nochevieja, pero aún no han firmado las escrituras, depende. Porque existen condiciones muy estrictas.
Los pisos en obras se benefician cuatro años
La desgravación sigue vigente a día de hoy para los contribuyentes que hayan iniciado la adquisición de un inmueble, aunque no hayan recibido las llaves todavía, siempre que se trate de una vivienda en construcción. «Si han satisfecho cantidades dinerarias a medida que avanza esa obra por varios conceptos, y aún lo siguen haciendo, la desgravación les pertenece», explica Paloma Fernández-España, asociada senior de Cuatrecasas Gonçalves-Pereira.
En este caso, los ciudadanos beneficiados por la medida deben saber que la ley les exige un plazo máximo en el que deben finalizar el proceso de compra de su vivienda en construcción. Disponen de cuatro años «a contar desde el inicio de la inversión», afirma Fernández-España. Si transcurre ese plazo sin que hayan adquirido formalmente el piso o casa, «deben regularizar la desgravación de la que se han beneficiado estos cuatro años por haber superado el plazo exigido», afirma.
Para Andrés Manuel Díaz, experto de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF), «independientemente de que la entrega sea efectiva en 2013, si se cumplen condiciones de pagos o de firma de documentos, la deducción puede estar vigente», explica. «Estas situaciones suelen darse cuando la vivienda es de nueva construcción», afirma este fiscalista.
Determinar con claridad el momento de la entrega
En el caso de la adquisición de un inmueble cuya construcción está finalizada (como los de segunda mano, entre otros), es más complicado aprovechar la deducción. «La interpretación de la Agencia Tributaria indica que para tener derecho a la desgravación tiene que existir la entrega del bien vendido», explica Paloma Fernández-España. «Debería haberse producido la adquisición jurídica antes del 31 de diciembre, y eso implica la entrega de llaves o la formalización de la escritura», aclara esta experta. Hacienda mantiene este criterio basándose en el Código Civil, cuyo artículo 1.642 determina que «se entenderá entregada la cosa vendida, cuando se ponga en poder y posesión del comprador».
Quienes hayan realizado una reserva de una vivienda o hayan iniciado los trámites a finales de 2012, no podrán aplicarse la deducción si no han firmado las escrituras antes de esa fecha. «Si se aplican la desgravación en las próximas liquidaciones, asumirán un cierto riesgo ante Hacienda», afirma Fernández-España. Porque deberán justificar al fisco por qué se aplican ese beneficio aun no habiendo recibido la vivienda en 2012.
Otro de los cambios tributarios más significativos que ha entrado en vigor en 2013 ha sido la desaparición de la desgravación por cuentas vivienda, sin ningún tipo de beneficios para quienes ya tuvieran contratado un activo de este tipo hasta el año pasado. En este caso, la regulación es aún más compleja que la de la deducción por inversión en vivienda habitual.
Los contribuyentes que se desgravaran por cuenta vivienda, podrán hacerlo por última vez en la Declaración que deberían presentar el próximo mes de mayo, tanto si han adquirido vivienda como si no. Si compraron un inmueble antes del pasado 31 de enero, además, podrán tener derecho a la deducción por vivienda.
Posibilidad de regularizar sin sanciones
Y quienes no compraran casa, pero aún le quede algún año hasta completar los cuatro máximos establecidos por ley para beneficiarse de la deducción por cuenta vivienda, tienen dos posibilidades.
«Si no tienen intención de comprar vivienda en el periodo que les quede hasta completar esos cuatro años, pueden regularizar los beneficios fiscales que se habían aplicado hasta ahora a través de la Declaración de este año, sin intereses de demora», explica Paloma Fernández-España.
En el caso de que tengan la intención de adquirir una vivienda, no tienen que devolver las cantidades deducidas hasta ahora. Podrán comprarla antes de que expiren los cuatro años legales, aunque el último ejercicio para beneficiarse de la deducción por esa cuenta es el de 2012.
Finanzas.com
-