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BBVA es condenado por vender un "swap" hipotecario sin informar de los riesgos.

La Audiencia de Girona ha dictado sentencia en la que se obliga al BBVA a devolver dinero a unos clientes a los que les vendió un swap hipotecario sin informar de los riesgos. Los clientes contrataron el producto bajo el nombre "cuota segura" y se comprometían a pagar el mismo importe de hipoteca cada mes, sin tener en cuenta los tipos de interés.


Su intención, recoge la sentencia, era "protegerse" de los incrementos y evitar acabar ahogados por las mensualidades. De lo que no les informaron bien era que también deberían pagar lo mismo si los tipos de interés bajaban, tal como ocurrió, y que les sería difícil anular el contrato. Según calculan, entre noviembre de 2008 y diciembre de 2010 pagaron 7.384,08 euros de más.


El swap hipotecario es un producto financiero que establece un tipo de interés fijo durante un plazo. Esto beneficia al cliente en caso de subida pero, por contra, le perjudica si baja porque no hay ningún tope y el cliente termina asumiendo un diferencial que supone un beneficio para el banco. La sentencia resalta que "la finalidad" de las clientas era cubrir el riesgo de incremento del tipo de interés de su préstamo hipotecario y, por ello, se fiarse de los consejos y recomendaciones del personal de la oficina bancaria.


Durante los primeros meses de vigencia del contrato-entre noviembre de 2008 y abril de 2009 - las liquidaciones fueron favorables a las clientas por un importe de 32,67 euros pero a partir del mes de mayo las liquidaciones comenzaron a ser desfavorables. La diferencia entre la cuota segura, la que fijaba para cada mes una hipoteca de más de 1.300 euros-y la cuota variable-de acuerdo con los tipos de interés-era de 360,95 euros.


Como se sintieron engañadas, intentaron anular el contrato pero no se pusieron de acuerdo con el banco. Por ello, finalmente pusieron el caso en manos del letrado Benet Salellas que lo llevó a los Juzgados. Tras una sentencia en primera instancia que anula la el contrato 'cuota segura' y obliga al BBVA a devolver el dinero de más que las clientas pagaron, los representantes legales de la entidad recurrieron a la Audiencia.


La sentencia confirma la que emitió el Juzgado de Primera Instancia número 5, que concluye que cuando el BBVA colocó este producto a dos clientas no informó debidamente de los riesgos que estaban asumiendo. La sentencia también resalta que BBVA no cumplió con las obligaciones establecidas por ley que le obligan a cumplir con la directiva Mifid, por tanto, a realizar tanto el test de conveniencia como el de idoneidad a los clientes que contratan este tipo de productos.


Noticia de La Vanguardia

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