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Los notarios no podrán ya autorizar ejecuciones hipotecarias por un valor menor del 60% de tasación.

A partir de una circular emitida por el Consejo General del Notariado, las ejecuciones extrajudiciales deberán tener un tope mínimo del 60% del valor de tasación de la vivienda en su tercera subasta. Algo que hasta ahora había sido objeto de una fuerte polémica al no tener mínimos establecidos por ley.


"Existe un mandato constitucional para tutelar el derecho a la vivienda", explicó a ABC el presidente de los notarios españoles, Manuel López Pardiñas. Las ejecuciones extrajudiciales solo tenían topes en la primera subasta (del 100% del valor del inmueble) y en la segunda subasta (75% del valor de la vivienda). La tercera, a la que se iba si las primeras dos se declaraban desiertas, quedaba libre.


Esto permitía que una vivienda se pudiera ejecutar, al menos teóricamente, por apenas un euro. "Dudo que en la práctica se diera", dijo Pardiñas. Además, el procedimiento es más rápido. Mientras que un embargo judicial demora entre ocho y quince meses, los notarios pueden autorizarlos en dos.


Según datos oficiales, en 2010 se realizaron 93.000 ejecuciones por vía judicial y unas 1.200 extrajudiciales. Se estima que en 2011 se haya dado un leve incremento de esta vía, aunque seguiría representando menos de un 2% del total.


Desde el Consejo General del Notariado se afirmó que la mayoría de los casos en los que se utiliza esta vía, se hace en acuerdo con el deudor. Pero ya en enero la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) advirtió sobre el uso de este procedimiento. En declaraciones a este diario, Eva Corredoira, de la PAH, lo calificó como "injusto", "desigual" e "inviable" para el deudor.


Es que, sin límites fijados por ley, el deudor podía perder su casa por montos muy inferiores al precio real de la vivienda y seguir debiéndole al banco. Según la organización había ya subastas por el 35% o 40% del valor de tasación.


Noticia de ABC

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