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Los tipos de interés de las hipotecas podrían volver a situarse cerca del 18%

"Los tipos de interés que se aplican a los préstamos hipotecarios pueden volver al 18 por ciento, cifras registradas en los años 80". Así lo advirtió ayer el economista Benito Arruñada en la ratificación del informe pericial, elaborado para BBVA y Banco Popular en el juicio que se celebra en el Juzgado de lo Mercantil número 9 de Madrid por la demanda colectiva presentada por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) contra 51 cláusulas consideradas abusivas en sus contratos de hipotecas, cuentas corrientes y tarjetas.


En el informe afirma Arruñada, además, que "no es razonable dar por supuesto que España continuará formando parte de la Unión Europea, ya que con un crecimiento de casi de 5 millones de parados existe un desajuste real respecto a las economías más fuertes".


Por otro lado, defendió que "las entidades financieras apliquen suelos de un mínimo del 2 por ciento y techos de un máximo del 15 para hipotecas de entre 25 y 30 años, con el objetivo de asegurar que los bancos puedan hacer frente a sus gastos durante toda la duración del contrato de préstamo, así como al previsible aumento de la inflación".


Aplicación en España


No obstante el fiscal recordó que en España se aplica el euribor al tipo de interés hipotecario desde el año 2000 y que, desde entonces, el índice más alto ha alcanzado el 5,34 por ciento, lo que hace que los techos del 12 por ciento sean desproporcionados para el consumidor. El juicio, que ayer quedó visto para sentencia, y que, según previsiones del magistrado juez encargado de la causa, Javier Yáñez, se emitirá en el plazo de un mes, es el primero que se celebra en España con la presencia del Ministerio Fiscal en la defensa de los intereses generales de los consumidores.


Durante sus conclusiones, el fiscal recordó que en esta causa "la posición fuerte es la de los bancos", al tiempo que señaló que "la abusividad en la aplicación de las cláusulas por parte de las entidades es lógica y clara y que de lo que se trata es de pactar límites equilibrados entre las partes en los contratos".


Con la personación de la Fiscalía, el resultado de la sentencia se aplicará a todas las cláusulas contractuales similares de las entidades financieras y no sólo a las de estos dos bancos.


Fallo del Supremo


El Tribunal Supremo hizo un enorme esfuerzo en una sentencia de 16 de diciembre de 2009 impulsada por un recuso de la OCU, en la que declaró abusivas un total de 13 cláusulas entre las que destacan la que impide al consumidor conocer qué comisiones le van a cobrar; acudir a tribunales distintos a los que corresponderían en función de su domicilio u otros fueros que les reconoce la ley o a hacerse cargo de todos los gastos que suponga un proceso judicial, es decir, tanto las facturas de su abogado y procurador como las del banco, sea cual sea el resultado; la que traslada la responsabilidad al consumidor en el caso de que alguien falsifique un cheque y lo cobre, sean cuales sean las circunstancias, etc.


Incluso, se anuló una cláusula por la que se hace vencer un préstamo hipotecario cuando se deniega la inscripción de la escritura aunque la no inscripción sea culpa de la entidad financiera.


Noticia de El Economista

1 comentarios:

Anónimo dijo...

Muy buen artículo. Ojalá se mantenga así. Esta noticia me recuerda al aumento de los préstamos sin intereses que buscan "aliviar" a las personas que obtienen un préstamo por primera vez.
En general, el sistema financiero se está reinventando para satisfacer las demandas cada vez más exigentes de la población

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